este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SE DECLARA LA COMPETENCIA, de este Tribunal para conocer, sustanciar y decidir el presente Recurso de Abstención o Carencia.
SEGUNDO: SE ADMITE, el Recurso de Abstención o Carencia, interpuesto por los ciudadanos Gregorio Hernán García Ochoa y Ariel Robles Romero, titular de la cédula de identidad N° V- 9.127.664 y V- 15.027.977, respectivamente, en su carácter de miembros de la Junta Directiva de la Sociedad Mercantil "TRANSPORTE DE VOLTEOS Y CARGA PESADA EL PIÑAL" ("TRANSVOLCARP, C.A"), y Richard Omar Gelves Rengel, titular de la cédula de identidad N° V- 14.606.665, en su condición de Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Civil "los Rigeles", asistidos en este acto por los Abogados Hirwin Noel Baca Guerrero y Judith Nieto, titulares de la c.....