Y visto que al informe ya mencionado no fue objetado ni modificado por las partes, se declara firme el informe del partidor designado y CONCLUIDA la presente causa.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Rubio a los Siete días del mes de Enero de Dos Mil Quince.
La Jueza Provisoria,
Abg. ANA RAMONA ACUÑA.
La Secretaria Temporal
Abg. GEOVANNA DEL CARMEN MENDOZA DIGANGI