PRIMERO: CON LUGAR la CONFESION FICTA de los ciudadanos MARIA DEL CARMEN VIVAS ROSALES, ANA JOSEFINA VIVAS ROSALES, MIGUEL ANGEL VIVAS ROSALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V- 5.731.418, V- 5.731.0416, V- 5.729.883, domiciliados en la Calle 6, Carretera Panamericana, Barrio Las Delicias del Municipio García de Hevia del Estado Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE UNION CONCUBINARIA incoada por el ciudadano PUBLIO CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 1.909.627, domiciliado en la Fría, Municipio García de Hevía del Estado Táchira, contra los ciudadanos MARIA DEL CARMEN VIVAS ROSALES, ANA JOSEFINA VIVAS ROSALES, MIGUEL ANGEL VIVAS ROSALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V- 5.731.418, V- 5.731.0416, V- 5.729.883, domiciliados en la Calle 6, Carretera Panamericana, Barrio Las Delicias del Municipio García de Hevia del Estado Táchira.
TERCE.....