Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, fue interpuesta por La ALCALDIA DEL MUNICIPIO JAUREGUI, representada por el ciudadano Abogado CARLOS LIZANDRO MÉNDEZ BUENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V.-17.370.347, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 137.790, con el carácter de Sindico Procurador Municipal de Jáuregui, contra La Firma Mercantil "CAFETÍN Y RESTAURANT MAHUNAL", inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 23-07-1999, bajo el N° 36, Tomo 11-B, representada por su propietario ciudadano: HUGO RAMÓN MORA COLMENARES, v.....