Por las razones expuestas, ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO
TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
1.- SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, y en consecuencia se declara: Extinguido el
proceso incoado por la sucesión, Mario Jose Hernández Rivas titular de la cedula de
identidad N° 3.995.410, asistido por la abogada, Nitokris Labastida Moreno inscrita en el
inpreabogado bajo el N° 48.074 Contra la Resolución de Jerárquico 2017-E-012 de fecha
20/02/2017, emanada por el Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región los
Andes del SENIAT.
2.- NOTIFÍQUESE al Procurador General de la República de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 100 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la
República Bolivariana de Venezuela.
3.- La notificación se practicara por correo con acuse de recibo de conformidad con el
artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
4.- Una vez conste en autos debidamente.....