En fecha 29 de Noviembre de 2012 se leyó y publicó la dispositiva del fallo, declarando CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACION PARA ESTUDIAR interpuesta por la ciudadana RUDHT DEL CARMEN BOHORQUEZ FLORES, en beneficio del adolescente SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ESPECIAL.. Y ASÍ SE DECIDE.
Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juez Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE AL ADOLESCENTE SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ESPECIAL., venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-25.497.707, para que curse estudios por ante la Escuela de Guardias Nacionales (ESGUARNAC) de Cord.....