III
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 09 de octubre de 2008, por las abogadas Neila Negrón y Candida Ostos, coapoderadas judiciales de la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 02 de octubre de 2008.
SEGUNDO: Se REPONE LA CAUSA al estado de celebrarse nuevamente audiencia preliminar en la oportunidad que fije la Juez de la causa, en consecuencia se ANULAN todas las actuaciones efectuadas en el expediente con posterioridad al día 02 de octubre de 2008, inclusive.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la natu.....