y fijar un aumento en la Cuota mensual como Obligación de Manutención, dejando en total desamparo el sustento de las menores anteriormente nombradas, es por lo antes expuesto que esta Juzgadora tomando en cuenta el interés superior de las beneficiarias GREIDYS NICOLE y DAJACKIRY NAOMI NIÑO ÁLVAREZ y la prioridad absoluta de las mismas, prescrita en los artículos 7, 8, 512 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 78 y 257 de la Constitución Nacional, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a fijar un aumento provisional en la Obligación de Manutención establecida por ante la Defensoría del Niño y del Adolescente "Sor Inés", en fecha 03 de julio de 2012, en un treinta por ciento (30%) sobre el salario básico establecido por el Ejecutivo Nacional fijado en la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y ÚN BOLÍVARES CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 4.251,78), por lo cual queda fi.....