Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de fijación de la Obligación de Manutención presentada por el ciudadano: JOGLI LIBARDO ORTIZ LOPEZ, contra de la ciudadana: ROLFA YURAIDY ZAMBRANO MILINA, para su hija: E.L.O.Z., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2.013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia) y decide:
PRIMERO: Se establece como Obligación de Manutención la cantidad de SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 7.000,00) mensuales los cuales serán depositados por el obligado en una cuenta bancaria que solicitan se aperturada.
SEGUNDO: Se establece para el mes de Agosto y Diciembre de cada año, a fin de cubrir gastos de útiles, uniformes escolares y gastos de fin de año, de.....