PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA del ciudadano OSWALDO PARADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.291.791 y domiciliado en el Municipio Libertad, Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la adolescente ... venezolana, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.416.476 y domiciliada en el Municipio Independencia, Estado Táchira, contra el ciudadano OSWALDO PARADA, ya identificado.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario a partir del presente mes de AGOSTO, en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada de inicio escolar en el mes de septiembre y la temporada decembrina, se fija una cuota ex.....