Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 12 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JULIO ENRIQUE ORDOÑEZ CRISTANCHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 22.635.987, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO RODRIGUEZ MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 9.671.839, por ACCION REIVINDICATORIA.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establec.....