Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Declara con lugar la demanda de divorcio interpuesta por el ciudadano PRIMITIVO ERNESTO RUIZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-3.062.169, contra la ciudadana OLGA LUCINA SERNA MADRID, colombiana, con cédula de ciudadanía N° 37.244.354, fundamentada en la causal segunda del artículo 185 Código Civil.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los ciudadanos PRIMITIVO ERNESTO RUIZ PEREZ Y OLGA LUCINA SERNA MADRID, por ante la Primera Autoridad civil del municipio San Antonio, Distrito Bolívar del Estado Táchira hoy Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira bajo el N° 643 de fecha 14 de octubre de 1983.