Por los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO incoada por el ciudadano LEOMAR ENQRIQUE RONDON GUERRERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-25.023.719, contra los ciudadanos RAMON AURELIO CHACON MENDEZ y NANCY MIREYA CACERES DE CHACON, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cedulas de identidad N° V-4.208.125 y V-5.652.277. En consecuencia, se declara reconocido el instrumento de fecha 28 de Agosto de 2023, consistente en la venta de un inmueble formado por una casa y su terreno propio ubicado en Vereda 3, con Vereda 4 Mar, Esquina, Palo Gordo N.....