PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA, en consecuencia, se entiende EXTINGUIDO EL PROCESO, seguido por WILMER ANDREEY MORA RUIZ, identificado con la cédula Nº V.-14.502.803, en contra de LABORATORIO CLINICO BILOBA F.P. RIF V-05680066-9 por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, Y OTROS DERECHOS LABORALES.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firma y sellada en el Despacho del Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los cuatro (04) días del mes de noviembre de dos mil veinticinco. Publíquese la presente decisión. Años 215° y 166°
La Jueza,
Abg. Egle.....