De acuerdo a las consideraciones expuestas este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de junio de 2015, signada con el N° 693, expediente N° 12-1163, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos RAMON BALDOVINO SANCHEZ Y COLUMBA VICTORIA URBINA DE SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N" V-2.808.960 y V-4.094.868, en su orden; contraído por ante el Juzgado del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, en fecha 26 de AGOSTO de 1999, tal y como consta en el Acta N 14, del año 1999.
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