´DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Declara admisible el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-As-SP21-R-2025-000003, interpuesto los abogados Handerson José Rosales Molina y Jorge Enrique Medina Ramírez, quienes actúan con el carácter Fiscales Provisorio y Auxiliar de la Fiscalía Vigésima Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, respectivamente, ejercido contra la sentencia dictada en virtud de admisión de hechos de fecha, quince (15) de octubre del año 2023, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, y publicada en fecha treinta y uno (31) del mismo mes y año.
Segundo: Se fija para la Décima (10) audiencia siguiente a la de hoy, a las diez .....