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Decisiones del dia 03/12/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 11566 N° Sentencia : Fecha: 03/12/2013
Procedimiento:
Reconocimiento De Propiedad De La Sucesión
Partes:
WALTERMINOL CUEVAS ASTIDIAS EN CONTRA DE EXPRESOS LA MODERNA, S.A. ADMINISTRACIÓN OBRERA Y OTROS
Resumen:
De la relación parcial elaborada y estampada sobre el caso de marras se evidencia claramente los supuestos de la perención, puesto que desde el 13 de mayo de 1996 hasta el 19 de septiembre de 2013, transcurrió con creces mucho más de un (1) año, sin que de autos se desprenda impulso procesal necesario para lograr la materialización de la aceptación y consecuente juramentación de la abogada NERZA LABRADOR DE SANDOVAL, designada defensor ad litem de los demandados, ciudadanos SILFREDO CUEVAS ASTIDIAS y JOSÉ SIMÓN AVELLANEDA, a los fines de continuar con la presente causa; demostrándose una actitud de las partes que denotan una clara pérdida de interés en las resultas del presente juicio, puesto que con dicho abandono impide la continuación del procedimiento, lo cual va en contra del debido proceso y la tutela judicial efectiva, en virtud que el deber de las partes el impulsar el procedimiento para que el juicio llegue hasta su fin último como lo es la obtención de una sentencia definiti.....
Juez/Ponente:
Josué Manuel Contreras Zambrano
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : 17328 N° Sentencia : Fecha: 03/12/2013
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
FUNDATACHIRA DEMANDA A SOCIEDAD MERCANTIL LA ESQUINA DEL RECUERDO C.A
Resumen:
Ahora bien, por cuanto sobre la sentencia de mérito no se interpuso ningún recurso concedido por la Ley para impugnar (por vía de apelación) la misma, en el presente procedimiento la sentencia de fecha 12 de julio de 2013 (fls. 188 al 278, pieza I), se encuentra definitivamente firme, por tanto, lo aquí debatido lo abrazó la institución de la cosa juzgada, cuyas características principales son la inimpugnabilidad de la sentencia, su inmutabilidad, así como la coercibilidad que de ella se desprende. Dichas características fueron definidas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 10 de octubre de 2012, en donde define la cosa juzgada como la autoridad y eficacia que adquiere una sentencia, entre otras circunstancias por haber precluido los recursos que contra ella concede la Ley, la cual presenta los tres aspectos antes señalados, definiéndolos así. 1) inimpugnabilidad; la decisión no puede ser revisada por ningún juez cuando se hayan agota.....
Juez/Ponente:
Josué Manuel Contreras Zambrano
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : 21542 N° Sentencia : Fecha: 03/12/2013
Procedimiento:
Divorcio (Causal 2° Del Artículo 185 Del C.C)
Partes:
LUIS GERARDO ROA MOLINA CONTRA NELLY TERESA BAUTISTA DE ROA
Resumen:
este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL MISMO impartiéndole la homologación y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
Juez/Ponente:
Josué Manuel Contreras Zambrano
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : 21199 N° Sentencia : Fecha: 03/12/2013
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
DE ALMADA DE DUARTE RAQUEL CONTRA DUARTE MONSALVE NELSON
Resumen:
Ahora bien, se desprende que dicha nulidad se originó del recurso ejercido por la parte demandada de autos contra la sentencia de fondo que declaró Con Lugar la demanda, dictada por este Juzgado en fecha 14 de mayo de 2013 (fl.168-181), es decir; que hubo un pronunciamiento al fondo de la causa, razón por la que considero que me encuentro impedido de seguir conociendo del presente juicio, pues de acuerdo a lo estatuido en el ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se establece: "...15. Por haber el recusado haber manifestado su opinión sobre lo principal del pleito o sobre la incidencia pendiente, antes de la sentencia correspondiente, siempre que el recusado sea el Juez de la causa...". De igual forma conforme lo alude el artículo 84 ejusdem: Artículo 84.- El funcionario judicial que conozca que en su persona existe alguna causa de recusación, está obligado a declararla, sin aguardar a que se le recuse, a fin de que las partes, dentro de los dos días.....
Juez/Ponente:
Josué Manuel Contreras Zambrano
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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