PRIMERO: Admite totalmente la acusación fiscal, presentada en contra del acusado ANGEL SEGUNDO DELGADO VILORIA, venezolano, natural de Sabana Mendoza Estado Trujillo, de 55 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.461.609, nacido en fecha 09-04-1949, María Trinidad Viloria (v) y José Ángel Delgado (f), profesión comerciante, con domicilio calle 7, casa No. 3-60, Sector Fátima, la Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, por encontrar llenas las exigencias que establece el Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 326 e igualmente existe fundamento serio para determinar la participación formal del mismo, en el delito de TENTATIVA DE ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en le encabezamiento del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el primer aparte del articulo 80 y 82 del artículo del Código Penal vigente, en perjuicio de la niña Rosa Angélica García Guerrero, de conformidad con el artículo 33.....