Pues bien, sobre las motivaciones y fundamentos de hecho y de derecho ya expuestas y analizadas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CONVERTIDA EN DIVORCIO, la Separación de Cuerpos y de Bienes por Mutuo Consentimiento, de los cónyuges YOYMAN JOSUE GAMEZ CONDE y MARIA EUGENIA VARGAS DUARTE, venezolanos, mayores de edad, titulares en orden de la cédula de identidad No.V-15.956.205 y No.V-13.917.431, domiciliados en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira; en consecuencia, queda Disuelto el Vínculo Matrimonial entre ellos contraído en fecha 16 de enero de 2010, ante la Registradora Civil de la Parroquia Juan Vicente Gómez, Municipio Bolívar del estado Táchira, tal como consta en el Acta de Matrimonio No.01.
Procédase a la liquidación de la comunidad conyu.....