este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Ambas partes acuerdan en establecer una cuota de Obligación de Manutención, a partir de la presente fecha en la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00) mensuales, los cuales serán descontados directamente de nómina del referido funcionario para ser depositada en la cuenta N° 01750047390010071718 del Banco Bicentenario a nombre de la madre del menor .
SEGUNDO: Para el mes de Agosto en lo que se refiere a los bonos escolares serán disfrutado por el menor como lo establece la Policía del Estado Táchira, mas la cuota ordinaria por la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES.....