DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana BERTA EVELIA RODRIGUEZ NÚÑEZ, venezolana, mayor de dad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V.-9.142.752 por reconocimiento de unión concubinaria, interpuesta en contra del ciudadano CARLOS MANUEL GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad N° V.-9.146.785. En consecuencia, queda establecido que entre BERTA EVELIA RODRIGUEZ NÚÑEZ Y CARLOS MANUEL GONZALEZ GONZALEZ, existió una relación concubinaria, con todos los efectos legales, durante un lapso de tiempo que se inició el día cinco (05) de enero de 2005 hasta el día el cinco (05) de enero del 2015.
SEGUNDO: Inscríbase .....