Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: Se fija el aumento de la Obligación de Manutención en la suma de: QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00) QUINCENAL para un total de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) MENSUALES, los cuales serán depositados por el obligado los días quince (15) y treinta (30) días de cada mes. Queda establecido que una vez que el obligado se atrase en dos mensualidades, se realizara automáticamente el descuento por Nomina del Ministerio del Servicio Penitenciario
SEGUNDO: En el mes de Agosto ambos padres se comprometen a la compra de útiles y uniformes escolares en un 50% cad.....