PRIMERO: ADMITE LA SOLICITUD DE PRORROGA para presentar el acto conclusivo, por parte del Ministerio Publico, en relación al ciudadanos: ALEXIS ENRIQUE IBARRA MORA, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal, en concordancia con los artículos 1, 3 y 9 de Ley sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Orden Público, HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en prejuicio de quien en vida respondía al nombre de Jackson Alirio Velandia Páez; COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 numerales 1, 3 10 y 12, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo automotor en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de Jackson Alirio Velandia Páez, COAUTOR EN EL DELITO DE USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR; previsto y sancionado en el articulo 264 de la Ley orgánica para la.....