DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones expuesta, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de deslinde incoada por el ciudadano JOSÉ EDUARDO HERNÁNDEZ BECERRA contra los ciudadanos RENNY ALEXANDER SANABRIA OTERO y ERIKA JEANNEY HERNANDEZ BAEZ, identificados en autos.
SEGUNDO: Se fijan los linderos en los siguientes términos: El inmueble de los ciudadanos RENNY ALEXANDER SANABRIA OTERO y ERIKA JEANNEY HERNÁNDEZ BÁEZ, adquirido según documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Primer Circuito del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, el 8 de diciembre de 2008, bajo el N° 2008.578, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el N° 439.18.28.1.155 y correspondiente al Libro de Folio Real del añ.....