DECISION
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN intentado por la parte demandante en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 22 de mayo de 2006.
SEGUNDO: PRESCRITA LA ACCIÓN de la ciudadana ROSA MARÍA GUERRERO en contra de la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, por jubilación especial; cuya demanda, en consecuencia, se declara SIN LUGAR.
TERCERO: SE CONFIRMA LA DECISIÓN APELADA.
CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS conforme al artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada. Bájese el expediente en la oportunidad de ley.
Dada, firmada, sell.....