´Este Tribunal Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer, sustanciar y decidir el presente Recurso Administrativo de Nulidad en Conjunto con Amparo Cautelar.
SEGUNDO: SE ADMITE PROVISIONALMENTE EL RECURSO.
TERCERO: TERCERO: SE DECLARA IMPROCEDENTE EL AMPARO CAUTELAR SOLICITADO.
CUARTO: SE DECLARA INADMISIBLE el Recurso Administrativo de Nulidad en Conjunto con Amparo Cautelar, interpuesto por la ciudadana María Irma García, titular de la cédula de identidad N° V- 9.207.465, asistida por el Abogado Frank Mishell Cuenca Montañez, titular de la cédula de identidad N° 14.873.507 e inscrito en el IPSA bajo el N° 98.077, en su condición de Defensor Público provisorio Primero (1°) en Contencioso Administrativo del estado Táchira, en contra del acto administrativo N°.....