DISPOSITIVA.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las bienhechurias consistentes en casa para habitación con tres cuartos, una sala, una cocina comedor, un baño con todos sus accesorios en cerámica, un patio con parrillera techado con laminas de acerolit, un porche y área de servicios, de pisos de cerámica, paredes de bloque de arcilla frisadas y pintadas, techo de acerolit, con estructura metálica, puertas y ventanas metálicas con sus respectivos cristales, acometida en tubería PVC de aguas blancas y servidas, instalaciones eléctricas con sus respectivas tomas y lámparas. De igual forma reconstruccion de unos cimientos de piedra por su lindero oeste, en una lo.....