DECISIÓN
En consecuencia, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INOFICIOSO entrar a conocer el fondo del recurso de apelación interpuesto por las abogadas Marelvis Mejía Molina y Marbeliz Adriana Corredor Martínez, Fiscal Provisoria y Auxiliar Interina Trigésima del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 30 de junio de 2016, por el abogado Víctor Manuel de la Santísima Trinidad Andrade, Juez Séptimo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal.