PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 26 representada por el Abogado JUAN ALEXIS SÁNCHEZ, contra el adolescente (OMITIDO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA); por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, en perjuicio del ciudadano M.E.M: PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio del ORDEN PÚBLICO, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, así como, la totalidad de los medios probatorios ofrecidos a los efectos de un eventual juicio oral y reservado con las modificaciones realizadas en forma oral por el representante Fiscal; todo por las razones expuestas en la parte motiva de la presente decisión.
SEGUNDO: DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE, al adolescente (OMITIDO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA); por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, en perjuicio del ciudadano M.E.M: PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio de la COSA PÚBLICA; todo de conformidad con lo estableci.....