PRIMERO: Se Fija el monto de la Obligación de Manutención en la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 800.000,00), a partir de la presente fecha, monto este que será depositado dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes en una cuenta que será aperturada por este Tribunal a tal efecto.
SEGUNDO: El padre deberá cancelar el 100% de todos los gastos escolares, de uno de sus hijos, entiéndase por ello, matricula, mensualidad vencida y actual, así como de todos los útiles y uniformes escolares con sus respectivos calzados y cualquier otro gasto extraordinario y todas las actividades extracurriculares que realicen su hijo o hija.
TERCERO: El padre deberá cancelar el 50% de la póliza de hospitalización y cirugía, así como de todos los gastos médicos, previo soporte de informes, recipes y facturas médicas.
CUARTO: El padre deberá cancelar el 100% de todos los gastos decembrinos para uno de sus hijos, y para ambas fechas, la del 24 y 31 de diciembre de cada añ.....