En el caso de autos al estar fundada la demanda en dos letras de cambio y tratándose la presenta causa de un juicio tramitado por el procedimiento de intimación de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, esta sentenciadora DECRETA: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble constituido por un apartamento signado con el N° A-PH-2, ubicado en el piso N° PH, Torre Ayacucho, Primera Etapa de Las Residencias VistaReal, Casa Club, ubicado en la Avenida los Agustinos, Sector Pueblo Nuevo, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son: NORTE: Con apartamento A-PH-1; SUR: Con fachada lateral izquierda; ESTE: Con fachada principal; y OESTE: Con pasillo longitudinal interno y apartamento A-PH-3. Asimismo, le corresponde un puesto de estacionamiento doble signado con el N° 39, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Con puesto N° 38; Sur: con puesto N° 40; Este: Con v.....