Este Tribunal considera que con el texto que contiene el Cartel publicado en el Diario Última Hora, no están claras las condiciones ni requisitos procesales y jurídicos para llevar a efecto el Acto correspondiente, pues, de ser así se estaría vulnerando los principios procesales de publicidad de los actos procesales y de seguridad jurídica e inclusive la garantía constitucional al este Tribunal, sobre la base del criterio transcrito y por haber detectado de oficio la violación del orden público constitucional en la fase de ejecución en el presente juicio resulta forzoso restablecer el orden público infringido, en consecuencia, con base en lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil:
1.- DECRETA LA NULIDAD de los actos procesales de la parte actora desde el 18 de Noviembre de 2005, inclusive.
2.- SE REPONE la causa al estado de librar nuevamente el TERCER CARTEL DE REMATE con el contenido exacto al librado el 09 de Noviembre de 2005 y que corre inserto a los .....