JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
195° y 146°
"... este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA TRANSACCIÓN CELEBRADA, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia de Autoridad de Cosa Juzgada.
3.- Ratificado como ha sido el contenido de la anterior transacción no se ordena el archivo del expediente hasta tanto conste en autos la extinción de la deuda.
4.- Se mantiene la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar existente sobre el inmueble en ejecución, decretada por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de esta Circunscripción Judicial, en fecha 10/06/2002 y participada mediante oficio N° 533 de fecha 25/06/2002 (folio 28), así como la Medida de Embargo Ejecutivo decretada por auto de fecha 05/05/2003 y de la cual no consta su ejecución en los autos.
5.- Se hace del conocimiento de las partes el contenido del artículo 1718 del Código Civil que textualmente señala: “La transacción tiene entre las partes la misma fuerza que la cosa juzgada”. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS.
LA SECRETARIA
ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P