Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de OFERTA REAL DE PAGO, incoada por el ciudadano FRANKY ELMAR JIMÉNEZ SANABRIA, por intermedio de su apoderado judicial el abogado FRANK DARIO QUIROZ ZAMBRANO, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 69.685, contra SOCIEDAD MERCANTIL MAGNASYSTEMS C.A. en la persona de su presidente y socio ciudadano MARIANO OSORIO y/o gerente general ciudadano REYMED JIMÉNEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nos. V-12.143.237, en consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.
A tenor de lo estipulado en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.