este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Se establece el aumento de la cuota de la obligación de manutención en la sumada de DOS MIL BOLIVARES (Bs 2.000,00) MENSUALES.
SEGUNDO: en el mes de Agosto queda establecido como cuota extraordinaria la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) mas la cuota ordinaria para un total de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) en el referido mes.
TERCERO: en el mes de Diciembre queda establecido como cuota extraordinaria la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 6.000,00), mas la cuota ordinaria para un total de OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 8.000,00) en el referido mes, mas tod.....