...Pues bien, este árbitro Jurisdiccional, sobre la base de lo que establecen los Artículos 26, 49 y 257 de nuestra Carta Constitucional, así como en lo que enseña el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil; constata que lo expuesto por los actuantes, no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles; por lo que procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a HOMOLOGAR la Transacción Judicial, en los términos convenidos, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Una vez conste en actas, el cumplimiento de lo pactado, se procederá al archivo del presente expediente. Cúmplase.
El Juez Titular.
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria Temporal.
Abg. Keila Lisbeth Morales Salas.