Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SÉPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA:
UNICO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a JOSE ZENON ARAQUE, venezolano, titular de la cedula de identidad N°V-9.229.731, residenciado el la Castra calle 3 a la mitad de la casa de tablilla, San Cristóbal, Estado Táchira, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, sancionados en el artículo 34 Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias y Psicotrópicas, de conformidad con el numeral 3° del artículo 318 y ordinal 3° del artículo 48 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítanse las actuaciones al Archivo Judicial, una vez quede firme la presente decisión.-
ABG. CIRO HERACLIO CHACÓN LABRADOR
JUEZ SÉPTIMO DE CONTROL
Abg. MARBI CACERES PAZ.....