Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, el Divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos: OLGA MONGUI VILLAMIZAR DE CONTRERAS y SIXTO CONTRERAS GUERRERO, venezolanos, titulares de la cedula de identidad N° V- 16.409.664 y V- 6.674.617, domiciliados en la Ciudad de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira y hábiles. En consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos, que se encuentra extendido en el acta de Matrimonio N° 183 de fecha 02 de diciembre de 1983, llevada por el extinto Registro Civil del Municipio Tariba, Distrito Cárdenas del Estado Táchira. Por cuanto el acta de matrimonio se encuentra inserta en los Libros de Matrimonio del Registro civil antes.....