PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 17, representada en este acto por la Abogada, Fiscal 19 Auxiliar del Ministerio Público quien actúa en colaboración con la Fiscalía 17, contra el adolescente para el momento de los hechos (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), identificado supra, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 219 del Código Penal vigente para la época del hecho, en perjuicio de la Cosa Pública; de conformidad con lo establecido en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; así como, la totalidad de los medios probatorios ofrecidos todo a los efectos de un eventual juicio oral y reservado.
SEGUNDO: DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE al adolescente para el momento de los hechos (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A .....