Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y  Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira,  ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD  DE LA LEY, Declara Sin Lugar, la presente demanda por COBRO DE BOLÍVARES, incoada por el abogado JORGE IVAN MARQUEZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-12.889.476, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 82990, de este domicilio y  hábil, actuando con el carácter de beneficiario por endoso simple de la instrumental plenamente identificada, en contra de los ciudadanos JACQUELINE DOMÍNGUEZ DE BRAVO y JORGE BRAVO OMAÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad No. V-7.809.112 y V-7.611.736, respectivamente, de este domicilio y hábiles. Se  condena  al  pago  de costas al demandante de autos, por haber resultado vencido totalmente e.....