Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia y en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido porla abogada ELIZABETH RAMOS RAMOS, inscrita en el IPSA bajo el Nº 309.459, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante Sociedad Mercantil HOGAR ESTILO ERAMA C.A., registrada inicialmente con la denominación COMERCIALIZADORA NACIONAL DE MUEBLES ERAMA C.A., por ante el Registro Mercantil del Estado Monagas, en fecha 05 de noviembre del año 2015, bajo el Nº 120, Tomo 21- A RM MAT, correspondiente al año 2015, número de expediente 391-28654, con RIF Nº J406952575. Representada por la ciudadana ERAMA JAMMALI MALLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.916.623. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha diecisie.....