Sobre la base de la indicada norma especial y siendo verificada como se insiste, la No Comparecencia de la parte Actora Demandante, ciudadana MARIA HERMINIA BUITRAGO REYES, así como de la Parte Accionada LUIS ANTONIO CARDENAS CASIQUE; este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO TÁCHIRA; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, estando las partes a derecho Declara el Desistimiento del Procedimiento en la presente causa por Fijación de Obligación de Manutención; teniendo la posibilidad la identificada ciudadana actora MARIA HERMINIA BUITRAGO REYES, de accionar nuevamente transcurrido que sea un (01) mes calendario, siguiente a la publicación del presente fallo interlocutorio. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, así como copia digitalizada, para el archivo del Tribunal; ordenándose a su vez la publicación en el portal.....