"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del documento privado de Compra-venta celebrado por los ciudadanos MARIA TERESA JOYA DE MORALES,GERARDO HUMBERTO JOYA GARZON, venezolanos, ambos casados, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-10.172.295, V-5.657.703,en su orden respectivo, domiciliados en Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira y civilmente hábiles, actuando la primera de las nombradas en representación de los ciudadanos CARMEN ELENA JOYA GARZON, AURA AIDEE JOYA GARZON, JESUS ALEXIS JOYA GARZON, venezolanos, solteros, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-9.205.867, V- 12.846.927, V-11.975.337, en sus respectivo orden, como consta en Poder Especial, que fue conferido por ante el Registro Público Inmobiliario de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta del Estado Táchira, In.....