este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela declara: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR. La demanda DE DIVORCIO EN LOS CAUSALES DE DESAMOR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, cuyas causales fueron establecidas en fecha 30 de Marzo del año 2017 Expediente N° 16-479 con ponencia del Magistrado Guillermo Blanco, y establecido jurisprudencialmente en sentencia Nro. N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional en fecha 9 de diciembre de 2016, demanda interpuesta por el ciudadano Jarrisson Josoue Ramírez Moncada, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V-17......