DECISIÓN
Por los fundamentos antes señalados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA RECUSACIÓN propuesta por el abogado Eleazar León Morin Aguilera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 84.459, en su carácter de apoderado judicial de la entidad de trabajo Sociedad Mercantil "Clardi, C.A," contra el ciudadano William Antonio Castillo Guillen, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° 8.031.618, en su condición de Perito.
SEGUNDO: SE IMPONE multa de 60 Unidades Tributarias, a la parte recusante abogados ELEAZAR LEÓN MORIN AGUILERA y JHON ALEXANDER CORTES BONILLA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 158.301 y 84.459 en su orden, en su carácter de apoderad.....