"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, quienes reconocen sus firmas plasmadas en el Documento Privado así como cierto el contenido del mismo, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a declarar la Legalidad del Negocio Jurídico celebrado entre los ciudadanos JUAN GUGLIELMI CONTRAMAESTRE, venezolano, economista, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.030.577, quien actúa en nombre propio y en representación de la ciudadana IBONILDA GUGLIELMI CONTRAMAESTRE, venezolana, ingeniero industrial, divorciada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.205.446, según consta en poder otorgado por ante el Registro Público del Municipio García de Hevia, bajo el N° 17, Folio 48, Tomo 2, de fecha 29-05-2.023 y CELECIO MOTA GUERRERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V.-15.184.394, hábiles en derecho, e.....