´´´este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, por encontrarla conforme a derecho le imparte la HOMOLOGACION DE LEY A LA PARTICION AMISTOSA en la forma convenida por ellas, y le otorga el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, conforme a la norma prevista en los artículos 255 y 788 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia queda disuelta parcialmente la Comunidad Hereditaria, en los mismos términos explanados en la solicitud, lo cual es de la siguiente manera: "CAPITULO III- DISTRIBUCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS BIENES: PRIMERO: Para la heredera AURA GRACE OSTOS GERLE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-5.114.395, domiciliada en Orlando Florida, Estado de Florida Estados Unidos de América, se le adjudica en plena propiedad, posesión y dominio los siguientes bienes: PRIMERA ADJUDICACIÓN: El bien inmueble identificado en el numeral TERCER BIEN INMUEBLE, consistente en: Un inmu.....