primera instancia declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto, formulada por la ciudadana: GLENDYS MIRLEY MORALES DE VILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-18.880.017, asistida por la abogada: YENNITH MAGDALY VELÁSQUEZ RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.541.117, con Inpreabogado Nro. 275.555, actuando como Defensora Publica Provisorio Segunda en Materia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Táchira; en contra del ciudadano: JOSÉ RAMÓN VILLA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-14.349.634; todo de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil y el fallo de la sentencia Nro. 1070/2016, vinculante de la Sala Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia