La parte demandada ofrece a la parte actora la suma única de UN MIL DOLARES (1.000,00 $) de los Estados Unidos de Norte America, los cuales serán pagados el día de 08 de mayo de 2026, en efectivo, en la sede de este Circuito Laboral en la U.R.D.D., con lo cual no quedara pendiente ningún derecho laboral con respecto a los conceptos demandados en este juicio. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que no menoscaba derechos irrenunciables del actor. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Expídase copia certificada de la presente acta a cada parte. No se da por terminado el proceso hasta tanto conste en autos el pago por parte de las partes. Es todo, terminó, se leyó y firman.
LA JUEZ,.....