Sobre la base de las motivaciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO:HOMOLOGADO el Convenimiento en la Demandaefectuado porla ciudadana LEIVA JOSEFINA GAMEZ PAEZ, asistida por la abogada Hazel Marine Ochoa Prato, en fecha lunes 22 de junio de 2026, ya identificada en el presente fallo.
SEGUNDO: RECONOCIDO en Contenido y en Firma el instrumento privado suscrito en fecha 01 de junio de 2026 en la ciudad de Independencia, Municipio Capacho Nuevo del estado Táchira;por el cual, la ciudadanaLEIVA JOSEFINA GAMEZ PAEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No.V-5.683.689, domiciliada en Santa Cruz de la Victoria, Aldea Páez, Municipio Capacho Viejodel Estado Táchira,en representación de la ciudadana ROSA.....